Sueldo mínimo será de S/.600 en febrero


jueves, 27 enero 2011

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recordó hoy a las empresas que el 1 de febrero deberá regir el aumento de 20 soles en la Remuneración Mínima Vital (RMV) de los empleados del régimen laboral de la actividad privada, con lo que pasará a un total de 600 soles.

Precisó que el monto de la remuneración mínima vigente asciende desde el 1 de diciembre de 2010 a 580 soles y cuando suba a 600 soles se concretará el incremento total de 50 soles dado en un decreto supremo del MTPE publicado a fines del año pasado.

El MTPE exhortó a los empleadores a adoptar las previsiones necesarias para garantizar el oportuno y efectivo cumplimiento de dicha disposición a favor de los trabajadores. Indicó que el aumento del sueldo mínimo permitirá incrementar otros conceptos remunerativos para las personas beneficiadas.

Por ejemplo, la asignación familiar, que equivale al diez por ciento de la remuneración mínima, era de 55 soles antes del 1 de diciembre y ahora pasará a ser de 60 soles. También deberán aumentar las gratificaciones que se otorgan con motivo de Fiestas Patrias y Navidad, así como la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), que consiste en una remuneración por año.

Además, aumentarán los pagos por horas extras, equivalente al 25 por ciento de la remuneración por hora para las primeras dos horas y 35 por ciento para las horas restantes. A su vez, deberá incrementarse la indemnización por despido injustificado, que equivale a una remuneración y media mensual por cada año completo de servicios, con un máximo de 12 remuneraciones mensuales.

Asimismo, la participación en las utilidades considerando que por este concepto cada trabajador recibe en función de sus días laborados y del monto de su remuneración. Por otro lado, el nuevo monto del sueldo mínimo será base para el cálculo del salario de los diversos regímenes especiales.

En el sector minero, el salario mínimo del obrero se incrementa de 687.5 a 750 soles; y en el sector agrícola, la remuneración mínima diaria del trabajador de esta actividad se incrementa de 21.5 a 23.4 soles.

Mientras que el sueldo de los periodistas profesionales colegiados no puede ser menor de tres remuneraciones mínimas vigentes, con ello el salario mínimo se incrementa de 1,650 a 1,800 soles.

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